LSSI

LSSI (o LSSICE) son las iniciales de Ley de Servicios de la Sociedad de Información de España, aunque en realidad su nombre completo es Ley 34/2002, de 11 de Julio de Servicios de la Sociedad de Información y Comercio Electrónico.
Su función es la regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a:

Las obligaciones de los prestadores de servicios incluidos los que actúen como intermediarios en la transmisión de contenidos por las redes de telecomunicaciones de la actividad.
Las comunicaciones comerciales por vía electrónica.
La información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos.
Las condiciones relativas a su validez y eficacia.
Condiciones de Uso de la Web y Política de Privacidad.
El régimen sancionador aplicable a los prestadores de servicios de la sociedad de la información.
Información sobre los procedimientos de contratos on-line (trámites, almacenamiento, condiciones aplicables, etc.).

  • ¿Qué son los servicios de la sociedad de la información?

    “Todo servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición individual del destinatario. El concepto de servicio de la sociedad de la información comprende también los servicios no remunerados por sus destinatarios, en la medida en que constituyan una actividad económica para el prestador de servicios.”
    Son servicios de la sociedad de la información, entre otros, y siempre que representen una actividad económica, los siguientes:
    La contratación de bienes o servicios por vía electrónica.
    La organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales.
    La gestión de compras en la red por grupos de personas.
    El envío de comunicaciones comerciales.
    El suministro de información por vía telemática.
    La distribución de contenidos previa petición individual.

  • ¿Qué contempla nuestro servicio de consultoría LSSI?, entre otros aspectos;

    Análisis-Diagnóstico de las obligaciones de la actividad.
    Establecer las medidas y leyendas legales en las comunicaciones comerciales por vía electrónica (email), sean o no comerciales.
    Información del titular de la WEB.
    Condiciones de USO DE LA WEB Y POLÍTICA DE PRIVACIDAD.
    Política de PROTECCIÓN DE DATOS en aquellos formularios donde se recaben datos personales o de contacto.
    La información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos.
    Las condiciones relativas a su validez y eficacia.
    Información sobre los procedimientos de contratos on-line (trámites, almacenamiento, condiciones aplicables, etc.).
    Etc.

"Entendemos que el cumplimiento no es algo puntual, se ha de hacer un seguimiento y mantenerlo en el tiempo. Nuestra labor como consultores y auditores no se ciñe a la entrega de una documentación tras rellenar unos cuestionarios, nuestra labor va más allá, aportamos apoyo y seguimiento en el tiempo."

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